Taqa Marruecos: los obligacionistas aprueban la transferencia de una deuda de 2,7 MMDH

La Asamblea General de los tenedores de bonos de Taqa Morocco aprobó, el 26 de octubre de 2026, la transferencia total de un préstamo obligatario de 2,7 mil millones de dirhams a JLEC 1-4. Esta operación, llevada a cabo mediante novación con cambio de deudor, prevé que esta última entidad sustituya a Taqa Morocco como único deudor del préstamo emitido en septiembre de 2020.
Una transferencia de deuda de 2,7 mil millones de dirhams
El préstamo en cuestión, por un monto de 2,7 mil millones de dirhams, fue emitido el 3 de septiembre de 2020 en el marco de una colocación privada. La transferencia fue aprobada por los tenedores de bonos de acuerdo con los artículos 347 y siguientes del Dahir que forma el Código de Obligaciones y Contratos (DOC).
La novación por cambio de deudor consiste en sustituir un nuevo deudor por el originalmente comprometido. En el marco de esta operación, JLEC 1-4 asumirá así la condición de único deudor respecto a la totalidad del préstamo obligatario correspondiente.
Taqa Morocco se compromete a mantener el control de JLEC 1-4
Tras las discusiones entre las partes, los tenedores de bonos solicitaron la inclusión de varios compromisos destinados a regular la realización de esta novación.
Taqa Morocco se ha comprometido, en particular, a conservar el control de JLEC 1-4 durante toda la duración del préstamo obligatario. La noción de control contemplada en este compromiso hace referencia a la definición prevista por el artículo 144 de la ley n.º 17-95 relativa a las sociedades anónimas.
Por su parte, JLEC 1-4 se compromete a mantener los compromisos financieros establecidos en los documentos de financiación firmados con las entidades de crédito en el marco de la novación de la deuda a largo plazo. Estos compromisos se refieren, en particular, al ratio de apalancamiento y al ratio de endeudamiento financiero neto, también conocido como gearing.
Una operación regulada por compromisos financieros
La aprobación de la Asamblea General de los tenedores de bonos valida el principio de la transferencia del préstamo obligatario a JLEC 1-4, al tiempo que establece compromisos relacionados con el control de esta entidad y el respeto de los ratios financieros acordados con las entidades prestamistas.
Esta decisión constituye un paso en la reorganización de la deuda involucrada. Las modalidades de la operación se inscriben en el marco jurídico de la novación previsto por el DOC y se basan en los compromisos expresamente aceptados por las partes.




