1 de septiembre: último plazo para varias categorías de contribuyentes para regularizar sus obligaciones fiscales

El 1 de septiembre de 2026 es una fecha fiscal importante para varias categorías de contribuyentes en Marruecos. La Dirección General de Impuestos (DGI) ha establecido esta fecha como el último plazo para realizar múltiples declaraciones y cumplir con diversas obligaciones fiscales relacionadas, en particular, con las retenciones en la fuente, ciertos impuestos específicos y contribuciones relacionadas con el sector de seguros.
Este plazo afecta a un amplio espectro de actores económicos, incluyendo empresas, personas físicas, entidades de crédito, compañías de seguros y algunos propietarios de vehículos sujetos a la tasa especial anual sobre vehículos (TSAV).
La DGI recuerda la importancia de cumplir con los plazos legales, especialmente porque varias de estas obligaciones deben cumplirse en línea a través de plataformas electrónicas dedicadas.
Retención en la fuente sobre los ingresos por alquiler
Entre las principales obligaciones se encuentra el pago del impuesto sobre la renta (IR) retenido en la fuente sobre los ingresos de alquiler. Esta obligación se aplica tanto a personas jurídicas de derecho público como privado, así como a personas físicas sujetas al régimen de resultado neto real o al régimen de resultado neto simplificado.
Se refiere a los ingresos por alquiler pagados, disponibles o contabilizados a nombre de los afectados por el mes de julio de 2026. La declaración y el pago deben realizarse electrónicamente a través de la plataforma SIMPL-IR.
El tipo de retención en la fuente se fija en 5 % del monto bruto de los ingresos por alquiler, excluyendo el impuesto sobre el valor añadido (IVA). Esta retención se aplica, en particular, a los ingresos procedentes del alquiler de bienes inmuebles, ya sean construidos o no, así como de diversas instalaciones.
Los montos retenidos pueden imputarse al impuesto sobre la renta a pagar, con la posibilidad de recuperar el excedente, siempre que se respeten las condiciones establecidas por la normativa fiscal.
Las empresas y entidades afectadas por el IS
El mismo plazo se aplica a las entidades de crédito y organismos asimilados, las compañías de seguros y reaseguro, así como a las empresas cuyo volumen de negocio, excluido el IVA, ha alcanzado o superado 500 millones de dirhams en el último ejercicio contable cerrado.
Estas entidades deben cumplir con el impuesto sobre sociedades (IS) retenido en la fuente sobre los ingresos por alquiler pagados, disponibles o contabilizados a nombre de personas jurídicas sujetas al IS, en el mes de julio de 2026.
La declaración y el pago se realizan a través de la plataforma electrónica SIMPL-IS. El tipo de retención también se fija en 5 % del monto bruto de los ingresos por alquiler, con posibilidad de imputación al IS a pagar y, si procede, de recuperación del saldo de acuerdo con las disposiciones legales.
Otras retenciones y operaciones afectadas
La fecha del 1 de septiembre también afecta a los deudores de pensiones o rentas vitalicias, residentes o establecidos en Marruecos. Estos deben cumplir con el IR retenido en la fuente sobre los montos pagados durante el mes de julio de 2026.
Las compañías de seguros deudoras de pensiones también están afectadas y deben declarar las retenciones realizadas sobre los pagos realizados en forma de capital o de rentas, de acuerdo con los procedimientos electrónicos vigentes.
También se incluyen las operaciones relacionadas con las ganancias derivadas de la venta de valores mobiliarios y otros títulos de capital y de deuda registrados en cuentas de valores. Los intermediarios financieros autorizados a mantener estas cuentas deben realizar el pago del impuesto retenido en la fuente electrónicamente a través de la plataforma SIMPL-IR.
La fecha también se aplica a las personas involucradas en el pago de sumas en favor de personas físicas, incluyendo a la Caja de Depósito y Gestión (CDG), en el contexto de la ejecución de decisiones judiciales que se han hecho firmes. Esto incluye, en particular, ciertas operaciones de expropiación por causa de utilidad pública, ocupación irregular o transferencia de propiedad.
En estas situaciones, se aplica una retención en la fuente del 5 % del monto bruto pagado. Esta puede imputarse al impuesto sobre la renta a pagar por ganancias patrimoniales, con posibilidad de recuperar los montos excedentes bajo las condiciones previstas por la ley.
Segunda cuota de la TSAV
El 1 de septiembre también representa una fecha importante para algunos propietarios de vehículos sujetos a la tasa especial anual sobre vehículos (TSAV).
Se refiere, en particular, a los propietarios de vehículos cuyo peso total en carga o el peso total autorizado exceda 9,000 kilogramos y que han optado por pagar el impuesto en dos cuotas iguales.
La DGI recuerda que el pago de la TSAV se puede realizar de forma gratuita a través de cajeros automáticos, así como a través de los sitios web y aplicaciones móviles de los bancos. Los contribuyentes afectados pueden luego descargar su certificado de pago en la plataforma vignette.ma.
Una obligación adicional para los aseguradores
Las compañías de seguros y reaseguro también están obligadas, antes de esta fecha, a presentar su declaración de liquidación de la contribución al Fondo de aumento de las pensiones por accidentes de trabajo, correspondiente al segundo trimestre de 2026.
Esta declaración debe realizarse electrónicamente a través del espacio profesional SIMPL-AUTRES TAXES.
Con estas distintas medidas, la administración fiscal continúa la generalización de los procedimientos de declaración y pago electrónicos, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales a distancia y reducir las gestiones administrativas en papel.
El 1 de septiembre de 2026 se presenta, por tanto, como una fecha fiscal clave para varias empresas, profesionales y particulares. El cumplimiento de estos plazos es esencial para evitar multas y otras sanciones relacionadas con el retraso en la declaración o el pago de las obligaciones fiscales.




